A- de 2023
Ponente Miguel Efrain Polo Rosero
✓Demandante Fondo De Prestaciones Sociales Del Magisterio- Fomag·Demandado Cortés García Maritza
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Controversias sobre procesos ejecutivos originados en condenas impuestas por la Jurisdicción Contencioso Administrativa
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Conflicto de jurisdicciones suscitado entre el Tribunal Administrativo del Huila y el Juzgado 6 de Pequeñas Causas y Competencias Múltiples de Neiva.
La controversia se suscita por solicitud de ejecución de providencia judicia, por parte del Fondo Nacional de Prestaciones Sociales del Magisterio- FOMAG- en contra de una ciudadana, con el fin de que se libre mandamiento de pago por concepto de costas procesales e intereses moratorios, en virtud de una condena impuesta, dentro de un proceso de nulidad y restablecimiento del derecho, por un juzgado administrativo.
Luego de verificar el cumplimiento de los presupuestos subjetivo, objetivo y normativo para la configuración de un verdadero conflicto entre jurisdicciones, la Sala Plena reitera la regla de decisión del auto 008/22 según la cual, el conocimiento de las solicitudes de ejecución de condenas impuestas en sentencias judiciales proferidas por jueces de la Jurisdicción de lo Contencioso Administrativo, formuladas a continuación del proceso en el que se emitieron las condenas cuya ejecución se reclama, corresponde a esa misma jurisdicción, de acuerdo con los artículos 298 y 306 del CPACA y el artículo 306 del CGP.
En consecuencia, la Corte decide remitir el expediente al Tribunal Administrativo del Huila para lo de su competencia y para que comunique la presente decisión al Juzgado 6 de Pequeñas Causas y Competencias Múltiples de Neiva y demás interesados.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- Primero. DIRIMIR el conflicto negativo de jurisdicciones suscitado entre el Tribunal Administrativo del Huila y el Juzgado 6 de Pequeñas Causas y Competencias Múltiples de Neiva, en el sentido de DECLARAR que le corresponde al Tribunal Administrativo del Huila el conocimiento de la solicitud de ejecución de providencia judicial promovida por el Fondo Nacional de Prestaciones Sociales del Magisterio en contra de la señora Maritza Cortés García.
- Segundo. REMITIR el expediente CJU-4659 al Tribunal Administrativo del Huila para lo de su competencia y para que comunique la presente decisión al Juzgado 6 de Pequeñas Causas y Competencias Múltiples de Neiva y demás interesados.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.